Reflexiones feministas de los procesos constituyentes latinoamericanos: Gabriela Rodríguez – México
Experiencia de Gabriela Rodríguez, diputada feminista que trabajó en la Constitución de la Ciudad de México.
¡Seguimos con el proceso constituyente! Pasada la elección, es hora de seguir adelante. Ya tenemos a las y los constituyentes que nos representarán en cada uno de los distritos, a quienes acompañaremos en cada paso del proceso. ¿Cuál es el paso siguiente? En esta guía te contaremos todos los pormenores del calendario del proceso constituyente, para que no te pierdas ni por un segundo.
Vale la pena hacer un breve recuento de cómo hemos llegado hasta aquí. Después del triunfo de las opciones ”apruebo” y “Convención Constitucional” en el plebiscito del 25 de octubre pasado, comenzó el proceso constituyente. Ya antes del plebiscito se habían aprobado reglas que aseguraban la paridad en la Convención, mayores oportunidades para que personas independientes pudiesen integrarla y escaños reservados para los pueblos indígenas.
En ese escenario, se dio inicio a una de las elecciones más importantes de la historia de Chile. El 11 de enero comenzó la campaña y finalmente, luego de un aplazamiento, el 15 y 16 de mayo se realizaron las elecciones que eligieron a los y las 155 convencionales constituyentes que integrarán la primera asamblea constituyente paritaria del mundo.
Luego de la elección, habrá un plazo de 30 días en que deberá realizarse el proceso de calificación de la elección. ¿Qué significa esto? El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá los eventuales reclamos respecto a la elección, hará un escrutinio general y proclamará a las y los candidatos electos. Luego, en un plazo máximo de tres días esta proclamación deberá ser informada al Presidente de la República para que así, ¡al fin!, pueda citarse a la primera sesión de trabajo de la Convención.
Una vez reciba la comunicación del Tribunal Calificador de Elecciones, el Presidente de la República convocará a la ¡primera sesión de la Convención Constitucional!, mediante un decreto. La primera reunión tendrá lugar 15 días después de la convocatoria del Presidente y, si el Decreto no dice dónde, será en el Congreso Nacional.
En esa primera reunión, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 21.200, la Convención deberá elegir una presidencia y una vicepresidencia. Esta elección se hará por mayoría absoluta de sus miembros, o sea, el 50% + 1 de los miembros pertenecientes a la asamblea.
El reglamento es el texto que define cómo funcionará la asamblea, por lo que, de seguro, será una de las primeras tareas que se realice, aunque la ley no señala cómo y cuándo debe realizarse. Todo ello será determinado por las y los constituyentes. Lo que sí dice la ley es que la Convención deberá aprobar el reglamento por 2/3 de quienes la componen.
Numerosas contribuciones se han hecho al debate sobre la confección del reglamento. Por ejemplo, el PNUD elaboró un informe con aprendizajes de la experiencia internacional para el reglamento de la Convención, mientras que diversas organizaciones organizan foros y conversatorios para discutir las reglas que normarán la discusión constitucional. Así también, algunas candidatas y candidatos han participado de intercambios en la prensa nacional sobre el contenido del reglamento (especialmente respecto de sus quórums) y las atribuciones de la Convención. ¡Te invitamos a informarte y participar de la discusión!
Para conocer detalles sobre los temas fundamentales que se discutirán en el reglamento, tales como tema de organización, participación y transparencia, te invitamos a ver:
¡No es necesario inventar la rueda! Ya hay experiencias internacionales previas y algunas propuestas que se han desarrollado para darnos algunas claves para la redacción del reglamento de la Convención.
Temas clave a considerar en la redacción del reglamento de la Convención Constitucional
¿Cómo garantizar la igualdad en el ejercicio del poder y en la discusión constitucional entre hombres y mujeres al interior de la Convención? ¡Acá algunas propuestas!
¡Igualdad desde la discusión! Perspectiva de género en el reglamento de la Convención Constitucional
Ya definido el reglamento, la Convención podrá comenzar a trabajar en el texto. Recuerda que desde su instalación (o sea, primera sesión) la Convención tiene nueve meses para redactar y aprobar un texto constitucional, plazo que podrá prorrogarse por 3 meses más, en una sola oportunidad.
Los debates sobre este proceso se han concentrado, principalmente, en dos temas: el contenido (la redacción) de la Constitución y la participación de la ciudadanía en la discusión constitucional.
La experiencia internacional nos indica que los debates constitucionales muchas veces son bastante acalorados, intensos y apasionantes, ya que en ellos se ventilan e intentan imponer todas las posturas e ideas de nación que existen en un país. En el caso de las luchas de las mujeres, los debates sobre igualdad de género han sido arduos y han requerido que las constituyentes se preparen, se organicen y desplieguen toda la creatividad para sus estrategias. Te invitamos a leer tres entrevistas que realizamos a mujeres constituyentes de Bolivia, México y Ecuador, en el que relatan experiencias que, de seguro, pueden ayudarnos a enfrentar la discusión que tendremos en Chile.
Mujeres históricas que fueron parte de procesos constituyentes en sus países cuentan sus anhelos, obstáculos, estrategias y experiencias que permitieron avanzar en derechos para las mujeres y la sociedad entera.
Mujeres constituyentes en América Latina: experiencias y aprendizajes compartidos
Ahora, la discusión contará con algunos límites respecto al texto de la nueva constitución, los que se establecieron en la Ley 21.200:
Algo que ha sido objeto de discusión durante los meses previos a la instalación de la Convención Constitucional es el quórum al que obliga la Ley 21.200: los acuerdos de la Convención respecto al fondo de la constitución deben tomarse por 2/3 de sus miembros en ejercicio yla Convención no podrá cambiar estos quórums.
El quórum de ⅔
La forma en que se dará la participación de la ciudadanía es el segundo gran tema que se ha instalado en un contexto de movilizaciones sociales y de un aumento de la participación en los últimos procesos electorales (vinculados al proceso constituyente). En Im.pulsa tenemos algunos materiales que profundizan en cómo garantizar la participación durante el funcionamiento de la Convención Constitucional:
Participación política en la teoría y en la práctica (en la actual Constitución de Chile y en el proceso que estamos construyendo)
Participación política efectiva
Terminados los atareados meses de funcionamiento de la Convención, viene el momento cúlmine: cuando el pueblo de Chile decida si aprueba o rechaza el nuevo texto constitucional en un plebiscito al que deberá convocar el/la Presidente/a de la República.
La Ley 21.200 dispone lo que debe decir la papeleta:»¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?». Bajo la pregunta habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión «apruebo» y la segunda, la palabra «rechazo», a fin de que el elector/a pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.
El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.
Ahora, ¡tenemos una nueva Constitución! ¿O no? Veamos las dos posibilidades que se pueden dar…:
Si el resultado del plebiscito es que se aprueba la propuesta de la Convención, ¡Chile tendrá una nueva Constitución!
Luego de que el organismo electoral comunique al/la Presidente/a los resultados del plebiscito, el/ella tendrá 5 días para convocar a una sesión solemne del Congreso Nacional donde se deberá promulgar la nueva Constitución y jurar o prometer obediencia a ella. ¿No les parece todo esto emocionante?
A eso le seguirá la publicación del texto en el Diario Oficial, con lo que la nueva Constitución entrará en vigencia, y se imprimirán ejemplares para repartir en todos los establecimientos educacionales del país, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado.
Un largo camino de demandas ciudadanas, protestas y propuestas recorrimos para llegar aquí, que de seguro abrirá nuevas puertas para un futuro mejor para Chile.
Si, por el contrario, la ciudadanía decide rechazar en el plebiscito la propuesta de constitución realizada por la Convención Constitucional, seguirá vigente la Constitución de 1980.
¿Cuáles serán los siguientes pasos?
Habrá que evaluar acciones, reagrupar fuerzas, repensar la estrategia… ¡A no desanimar!
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